Alta médica voluntaria, qué es y qué consecuencias puede tener

 

alta médica voluntaria

El mercado laboral español se encuentra en alerta, muchos ciudadanos en el paro, jóvenes universitarios que no consiguen empleo, entre otras situaciones más que preocupan. Quizás por ello, existan empleados que, al obtener una baja por incapacidad temporal, decidan solicitar el alta médica voluntaria para incorporarse antes del tiempo previsto a su puesto de trabajo. Pero ¿Esto es posible? ¿Qué riesgos tiene solicitarla?

Solicitar el alta médica voluntaria

Es conveniente tener en cuenta que, así como el trabajador no decide cuando comienza su baja por incapacidad temporal tampoco podrá decidir cuando ésta finaliza. Sin embargo, existen algunos matices en esta situación. Uno de ellos es la posibilidad de solicitar el alta médica voluntaria. Ésta dependerá realmente de lo que considere el médico que ha determinado, en primera instancia, la baja. Esto es, una vez que el trabajador solicite su reincorporación voluntaria, el profesional determinará si la condición física/mental de éste, lo habilita a retomar sus tareas y dicho acto no implica un peligro para terceros (pertenecientes a la empresa o no).

Entonces, es posible solicitar el alta médica voluntaria pero la decisión final quedará en manos del médico que haya indicado la incapacidad temporal del empleado.

 

¿Cómo solicitarla?

En primer lugar, para poder tramitar dicha solicitud, es importante conocer frente a quién debe ser presentada. Y esto estará supeditado a la causa y el tiempo de la incapacidad temporal.

Por ejemplo, si ésta se debe a un accidente laboral o enfermedad profesional, y se encuentra dentro del primer año de baja, el responsable a quien se deberá instar el alta médica voluntaria es la mutua de accidentes de trabajo. En cambio, dentro del mismo plazo de tiempo pero por causa de enfermedad común o enfermedad no laboral, el alta médica voluntaria deberá gestionarla el médico de cabecera del trabajador. 

Una vez transcurrido el primer año de baja y hasta el final de la misma, el responsable de determinar el alta voluntaria es la Seguridad Social (INSS) 

 

Posibles consecuencias de su tramitación 

Efectivamente, tramitar el alta médica voluntaria se encuentra avalado y regulado por la Ley 41/2002. En ella se establece el derecho del paciente para solicitarla. No obstante, será sustancial reparar sobre las posibles consecuencias que esto implique. Ya que, independientemente del aval legal, el trabajador al pedir su reincorporación temprana, se hace cargo de los efectos que eso implique. Por ejemplo, si posterior al reingreso a su puesto laboral, el empleado tiene una recaída o empeora su salud, podrá tener ciertas complicaciones a la hora de solicitar una nueva baja o incluso la incapacidad permanente. Por lo que, quedará en manos del INSS, quien fiscalizará el caso de cerca, para determinar la decisión final.

En conclusión, tramitar el alta médica voluntaria es posible, se encuentra avalado por la Ley, pero será importante ser cuidadoso ya que las consecuencias pueden ser contraproducentes. Si quieres asesorarte más acerca de este tema, te invitamos a conocer nuestros servicios.

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