¿Qué es el modelo 720?
El modelo 720 es una declaración que se realiza para informar sobre los bienes situados en el extranjero. En caso de que usted tenga valores, acciones, cuentas o inmuebles en el extranjero deberá presentar anualmente el modelo 720.
La creación de este modelo va enfocada a la prevención y la lucha contra el delito de fraude fiscal.
¿Qué se informa en el modelo 720?
- Se informa sobre las cuentas existentes en entidades financieras ubicadas en el extranjero.
- Se informa sobre los derechos, seguros, valores y rentas depositadas/gestionadas/obtenidas en el extranjero.
- Se informa sobre bienes inmuebles y los derechos sobre los bienes inmuebles que estén ubicados en el extranjero.
¿Qué son los bienes extranjeros?
- Títulos, valores, activos, capitales o derechos que estén ubicados en el extranjero (es decir, fuera de la comunidad española.
- Seguros de vida, invalidez, rentas vitalicias y temporales.
- Bienes de inmuebles y derechos sobre los bienes inmuebles.
- Cuentas de entidades bancarias y de crédito que estén situadas en el extranjero y que tengan titulares, representantes, beneficiarios o autorizados de nacionalidad española.
Ejemplos de bienes extranjeros:
– Usufructo, propiedad, multipropiedad, etc.
– Seguros de vida o invalidez (exclusivamente en el caso de que la aseguradora contratada esté situada en el extranjero).
– Sociedades y fondos de inversión.
– Cuentas bancarias ubicadas en territorios fuera de las fronteras de España.
– Acciones y parecidos.
– Bonos y préstamos.
¿Qué ocurre con el modelo 720?
En Julio de 2021 el tribunal de Justicia de la Unión Europea ha publicado las conclusiones sobre el modelo 720. Se anula la sanción por el incumplimiento de la declaración de bienes en el extranjero (Modelo 720), pues a la vista de las especiales circunstancias y el cuestionamiento en la Unión Europea de la normativa aplicable no se ha acreditado la culpabilidad.
Se alega que es una sanción desproporcionada ya que son sanciones fijas, no prescribibles y que implican una multa del 150%.
¿Cuáles son las sanciones por la presentación fuera de plazo del modelo 720?
1. Sanción básica de 100 euros por dato no declarado dentro del plazo establecido. El mínimo es de 1.500 euros. En caso de que la AEAT haya notificado del requerimiento al contribuyentes la sanción sube a 5.000 euros por dato, con un mínimo de 10.000 euros.
2. Hacienda puede imponer una sanción tributaria del 150% al contribuyente. La base de esta sanción será la cuota obligatoria para ingresar, que resultará tras la imputación del incremento del patrimonio no justificado.
3. Hacienda se reserva el derecho de imputar al contribuyente de un incremento del patrimonio no justificado en el IRPF más antiguo de los no prescritos, por el valor de los bienes y derechos no declarados.
¿Por qué es desproporcional la sanción?
Uno de los casos más conocidos sobre la desproporcionalidad de la sanción es sobre un taxista de Granada, quien migró en los años 60 a Suiza, donde pudo ahorrar en una cuenta corriente 340.000 euros. En 2014 declaró fuera de plazo la cuenta corriente que tenía en Suiza y la Agencia Tributaria le aplicó la normativa del modelo 720, lo que ha implicado las siguientes sanciones, un total de 442.000 euros:
- 188.000 euros de cuota de IRPF (por cuentas no declaradas).
- Multa del 150% reclamando 254.000 euros.
En caso de que le interese acceder a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid puede acceder mediante este enlace.