Una de las novedades fiscales de este ejercicio 2023 es que las empresas con una cifra de negocios en el año anterior inferior a un millón de euros tributarán en el Impuesto sobre Sociedades a un tipo reducido del 23%.
Para el cálculo de la cifra de negocios, son de aplicación las mismas normas que en el régimen de empresas de reducida dimensión, a excepción de la regla de los tres años. Por tanto, si una empresa forma parte de un grupo, la cifra de negocios a tener en cuenta será la del conjunto de entidades que lo conforman, teniendo en cuenta las eliminaciones e incorporaciones que establece la normativa contable.
De esta manera, las empresas cuyo importe neto de la cifra de negocios haya sido inferior al millón de euros en el período impositivo anterior, tributarán a un tipo impositivo del 23%, frente al 25% que tenían que asumir hasta ahora. No obstante, hay una excepción: no será de aplicación para las empresas consideradas patrimoniales, esto es, aquellas sociedades en las que más de la mitad del activo está constituido por valores o por otros activos no afectos a actividades económicas como inmuebles vacíos o alquilado, sin que la sociedad disponga de medios humanos para gestionar la actividad
