El pasado mes de Julio entró en vigor la nueva Ley de Extranjería, mediante la cual se modificaron una serie de trámites, antes admitidos por el Gobierno de España, para la obtención de los Números de Identificación de Extranjeros.
El resumen es el siguiente, cuando una empresa de nacionalidad extranjera quiere establecerse en España, al Administrador o Consejo de Administración (si se tratan de personas no residentes en España) se les exige un NIE para poder elevar a público los acuerdos adoptados, inscribir debidamente los mismos en los correspondientes Registros Mercantiles y poder presentar, entre otras cosas, las cuentas anuales de la sociedad constituida. En el caso de Consejo de Administración se les exige un NIE al Presidente y Secretario del Consejo.
Para la obtención de estos NIE con la antigua Ley existían 3 posibilidades, presencialmente el interesado, vía Consular o por Apoderamiento (solo para ciudadanos de la Unión Europea). La opción más rápida sin duda era la presencial, aunque también la más costosa económicamente, porque necesariamente los interesados debían desplazarse a España para obtener el NIE. Otra opción más lenta era vía consular acudiendo el interesado al Consulado de España en su país para iniciar los trámites de obtención del NIE. Y finalmente, para los ciudadanos de la Unión Europea existía la posibilidad de hacerlo a través de Apoderamiento, y sin duda era una de las formas más utilizadas pues el interesado simplemente debía otorgar poderes en su notaría de su país a su representante en España (es Español o con una traducción jurada), con la Apostilla de la Haya y enviarlos a su representante, quien se encargaba de hacer el trámite ante las dependencias policiales.
Con la nueva Ley se elimina la posibilidad de poder obtener el NIE vía apoderamiento, una decisión un tanto absurda si tenemos en cuenta que los poderes al fin y al cabo se otorgaban por el interesado ante un fedatario público y apostillaban por la Haya.
Con todo ello, tenemos otro freno burocrático más para la obtención de los números NIE para empresarios que quieran establecerse en España, ya que ahora solo se podrá hacer presencialmente o a través de Consulados. La primera opción supone un coste económico elevado, la segunda supone un coste en tiempo, ya que la vía Consular es mucho más lenta. Sin duda otra modificación absurda que lo que viene es a ralentizar y poner más trabas si cabe a la inversión extranjera en nuestro país. Puede tener un sentido, y de hecho así ha funcionado siempre, para los ciudadanos no miembros de la Unión Europea, pero no lo tiene para los que lo son.