La protección de los hipotecados vulnerables

El Gobierno aprueba un Código de Buenas Prácticas para aliviar la subida de los tipos de interés de préstamos hipotecarios sobre vivienda habitual

En el día de ayer se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley 19/2022 con la finalidad de crear un nuevo Código de Buenas Prácticas con una vigencia de dos años para reducir la carga financiera de aquellos ciudadanos de clase media en riesgo de vulnerabilidad por la subida de tipos de interés.

En este sentido, este Código de Buenas Prácticas está destinado a los titulares de un préstamo hipotecario constituido hasta el 31 de diciembre de 2022 sobre la vivienda habitual y cuyo precio de adquisición no exceda de 300.000 euros.

En primer lugar, para los titulares de préstamos hipotecarios vulnerables, esto es, con rentas inferiores a 25.200 euros al año (tres veces el IPREM), dediquen más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca y hayan sufrido un incremento del 50% del esfuerzo hipotecario, podrán reestructurar el préstamo hipotecario a un interés más bajo durante la carencia del préstamo principal de 5 años, pasando de Euribor más 0,25% a Euribor menos 0,1%. A su vez, tendrán un plazo de 2 años para solicitar la dación en pago de la vivienda e, incluso, se permitirá una segunda reestructuración, de ser necesario.

En segundo lugar, aquellos hogares que perciban una renta inferior a 25.200 euros al año, dediquen más del 50% de su renta mensual al pago de la hipoteca, pero no hayan sufrido dicho incremento del esfuerzo hipotecario, podrán acogerse al Código con una carencia de 2 años, un tipo de interés menor durante la carencia y una ampliación del plazo de hasta 7 años.

En tercer lugar, los deudores hipotecarios con renta inferior a tres veces y media, el IPREM (29.400 euros anuales) con hipotecas suscritas hasta el 31 de diciembre de 2022, una carga hipotecaria superior al 30% de su renta y con una subida al menos del 20%, las entidades financieras deberán ofrecer la posibilidad de mantener durante 12 meses la misma cuota, un tipo de interés menor sobre el principal aplazado y una ampliación del plazo del préstamos de hasta 7 años.

Como medidas complementarias, se reducen los gastos y comisiones para modificar el préstamo y pasar de tipo variable a tipo fijo y se eliminan durante 2023 las comisiones por amortización anticipada y cambio de hipoteca de tipo variable a fijo.

En el ámbito fiscal, se exime de la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de Actos Jurídicos Documentos las escrituras públicas que formalicen novaciones contractuales al amparo de este Código de Buenas Prácticas. En cuanto a aranceles de notarios y registradores, estos contarán con un régimen específico.

 

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