Los divorcios extrajudiciales deben ser reconocidos en toda la Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea otorga la consideración de resolución judicial a un acta de divorcio del Registro Civil italiano.

La globalización no solo tiene un enorme impacto desde un punto de vista económico, sino también personal. Por ello, es habitual encontrarse con matrimonios en los que ambos tienen distinta procedencia o que decidieron trasladar su residencia a un país distinto a aquél en el que contrajeron nupcias. Y es ahí donde, aunque no lo pueda parecer, entran en juego las normas de Derecho internacional privado.

En este contexto, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en sentencia dictada el 15 de noviembre de 2022, ha conferido la condición de resolución judicial a aquellos acuerdos entre las partes alcanzados ante una autoridad de los Estados miembros que tenga atribuida la competencia en materia de divorcio. En ningún caso se aceptan los divorcios privados.

De esta manera, no es necesario un pronunciamiento judicial para que el divorcio sea reconocido automático por otro Estado miembro, siempre que cumpla con los requisitos básicos contemplados en el Reglamento Bruselas II. Para que sea aplicada automáticamente, se requiere que la autoridad verifique el consentimiento válido, libre e informado de las partes, así como que el contenido del acuerdo de divorcio cumple con la legalidad vigente en ese Estado miembro.

Recordemos que desde la aprobación de la Ley de Jurisdicción Voluntaria (L 15/2015), los Notarios pueden formalizar separaciones y divorcios de mutuo acuerdo, siempre que no existan hijos menores o incapacitados y que serán estas escrituras públicas las que se verán beneficiadas de esta interpretación del Reglamento Bruselas II, cuya tercera versión, Reglamento Bruselas II ter, entró en vigor el 1 de agosto de 2022.

Scroll al inicio