Se podrá aplicar a las cuentas anuales de los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2020 una articulación reglamentaria del Plan General Contable (PGC) y del PGC para las PYMES en lo concerniente a aspectos contables que tienen que ver con la regulación mercantil de las sociedades de capital: presentación de instrumentos financieros, consecuencias contables de la normativa mercantil sobre aportaciones sociales, operaciones con acciones y participaciones, aplicación de resultados, crecimiento y disminución del capital, entre otros.
Según lo dicho, estas normas de desarrollo se aplicarán prospectivamente, aunque, si lo consideran oportuno, las sociedades tienen la capacidad de elegir si las aplican retroactivamente, de acuerdo a lo establecido en la norma de registro y valoración sobre criterios contables, errores y estimaciones contables.
En el cálculo de la base imponible según la estimación directa, en general, se toma como partida el resultado contable, aunque la normativa del Impuesto sobre Sociedades incluye excepciones por lo que respecta a la valoración de ciertas operaciones, a su imputación temporal y a su consideración como gasto o ingreso fiscal. Por ello, a veces deben llevarse a cabo correcciones extracontables del resultado para el cómputo de la base imponible. De ahí la importancia de conocer el procedimiento de registro de las operaciones contables.
De modo más específico, el desarrollo reglamentario del PGC y del PGC PYMES del que venimos hablando atañe a los siguientes ámbitos:
a) Disposiciones en cuanto a la presentación de instrumentos financieros
- Con el objetivo de determinar cuándo debe mostrarse el importe recibido, a título de capital social o por causa de la emisión de otros instrumentos financieros, en los fondos propios o en el pasivo del balance, se propone una definición de los conceptos de pasivo financiero y de instrumento de patrimonio. De igual modo, se lleva a cabo una definición del beneficio distribuible, lo cual ayuda a poner de acuerdo las magnitudes contables con las que se usan a efectos mercantiles para determinar la base de reparto a los socios y poder valorar si con posterioridad al acuerdo de reparto el patrimonio neto es inferior al capital social.
- Regulación del tratamiento de los instrumentos financieros que se liquidan con instrumentos de patrimonio propio.
- Regulación de los costes de transacción de los instrumentos financieros, diferenciando los gastos de emisión, los gastos incrementales y los que tienen que ver con diversas transacciones.
- Registro contable del pago de instrumentos financieros y de las operaciones con instrumentos de patrimonio propio (enajenación y gastos relacionados).
b) Manejo contable y determinación temporal de los efectos de todas las aportaciones sociales, incluyendo las que no son aportaciones al capital social.
- Tipos de aportaciones al capital social: ordinarias o comunes, con privilegio, sin voto y rescatables.
- Regulación de diferentes operaciones con acciones y participaciones sociales: aportaciones no dinerarias, desembolsos pendientes, prestaciones accesorias y usufructo.
- Regulación de las cuentas en participación.
c) Operaciones con acciones o participaciones propias o de la dominante
– Adquisición y enajenación.
– Contratos de permuta financiera sobre las acciones o participaciones propias.
d) Remuneración de los administradores
En general se entiende su registro como gasto. Asimismo se regula la forma de registrar cuando la Junta General determina un porcentaje distinto al contabilizado en un principio y los planes de remuneración fundamentados en acciones u opciones sobre acciones.
e) Aplicación del resultado
- El registro del dividendo obligatorio se tratará como gasto financiero.
- Los ajustes por cambios de valor positivos, del mismo modo que las subvenciones, donaciones y legados reconocidos directamente en el patrimonio neto no pueden distribuirse, y disminuyen el patrimonio neto para examinar si, después de la distribución, es menor que el capital social. De esta manera, estas cantidades no pueden considerarse en relación con la compensación de pérdidas (materialmente), y habilitar con ello un posible reparto del resultado del ejercicio o de las reservas que no estaría permitido si no se hubiese producido tal compensación.
- Si existen pérdidas acumuladas y el patrimonio neto es inferior al capital social, el beneficio del ejercicio debe dedicarse a su compensación, antes de dotar la reserva legal.
- Se determinan los requisitos en virtud de los cuales la junta general o los administradores pueden convenir la distribución de cantidades a cuenta de dividendos. De esta forma, las restricciones establecidas para el reparto del resultado del ejercicio también actúan respecto al reparto de los resultados devengados hasta una determinada fecha, eventualidad que reclama examinar a efectos contables la evaluación del dividendo mínimo u obligatorio y el gasto por impuesto sobre beneficios.
- Se fija la reglamentación de las primas de asistencia a la Junta General, otros desembolsos provinientes de la aprobación de las cuentas anuales, y las prerrogativas de los fundadores o promotores en sociedades anónimas.
- La contabilización de la aplicación del resultado en el socio, en principio tiene la consideración de ingreso. Igualmente, se concreta que cualquier distribución de reservas utilizables (entre las cuales se halla la prima de emisión) se considera como una operación de distribución de beneficios.
f) Modificaciones de capital
- Aumento: debido a aportaciones dinerarias, aportaciones no dinerarias, por compensación de deudas o con cargo a reservas. También se establece su registro en el socio.
- Reducción: causada por pérdidas, para asignar la reserva legal o reservas disponibles, por medio del reintegro del valor de las aportaciones o la compra de participaciones o acciones propias para su amortización. Como en el caso del punto anterior, también se establece su regulación en el socio, determinando que la concesión de derechos de asignación gratuitos dentro de un programa de retribución al accionista que puedan materializarse comprando nuevas acciones totalmente liberadas, enajenando los derechos en el mercado, o vendiéndolos a la sociedad emisora, debe hacerse constar en los libros de cuentas en la fecha de su entrega en tanto que derecho de cobro y el correspondiente ingreso financiero.
g) Obligaciones y otros instrumentos de financiación
Se regula la emisión de obligaciones, las obligaciones convertibles, los instrumentos preceptivamente convertibles en acciones o con relación de canje variable y aquellos que no vencen.
h) Liquidación ordinaria y disolución
Integra previsiones para casos en los que no es adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento.
- Reformas estructurales y cambio de domicilio social
– La transformación.
– La fusión: criterios generales, en la adquirente, en la adquirida y los socios, así como las fusiones inversas y las transfronterizas.
– La escisión: criterios generales, en la adquirente, en la adquirida y los socios, así como las escisiones inversas.
– La cesión global de activos y pasivos: criterios generales, en la cedente, en la cesionaria y los socios.
– El traslado del domicilio a territorio español.
CALENDARIO FISCAL PARA EL MES DE ABRIL DE 2019
MODELO 511. IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
Relación mensual de notas de entrega de productos con el impuesto devengado a tipo reducido, expedidos por el procedimiento de ventas en ruta: 5 días hábiles siguientes a la finalización del mes al que corresponde la información.
DESDE EL 2 DE ABRIL HASTA EL 1 DE JULIO
Renta y Patrimonio
- Presentación por Internet de las declaraciones de Renta 2018 y Patrimonio 2018.
- Presentación por teléfono de la declaración de Renta 2018
Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta hasta el 26 de junio.
HASTA EL DÍA 12
Estadística comercio intracomunitario (Intrastat)
Marzo 2019 Modelos N-I, N-E, O-I, O-E.
HASTA EL DÍA 22
(En las CCAA que es fiesta el 22 de abril, el plazo finaliza el 23 de abril)
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas
- Marzo 2019. Grandes empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230.
- Primer Trimestre 2019. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216.
Pagos fraccionados Renta
Primer Trimestre 2019:
- Estimación Directa. Modelo 130.
- Estimación Objetiva. Modelo 131.
Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes
Ejercicio en curso
- Régimen General. Modelo 202.
- Régimen de consolidación fiscal (Grupos Fiscales). Modelo 222.
Impuesto sobre el Valor Añadido
- Marzo 2019, Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349.
- Marzo 2019. Operaciones asimiladas a las importaciones Modelo 380.
- Primer Trimestre 2019. Autoliquidación. Modelo 303
- Primer Trimestre 2019. Declaración liquidación no periódica. Modelo 309.
- Primer Trimestre 2019 Declaración recapitulativa de ops. intracomunitarias. Modelo 349.
- Primer Trimestre 2019. Servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA. Autoliquidación. Modelo 368.
- Primer Trimestre 2019. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380.
- Solicitud devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Modelo 308.
- Reintegro de compensaciones en el Régimen Especial de la agricultura, ganadería y pesca. Modelo 341.
Impuesto General Indirecto Canario y Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias
Impuesto General Indirecto Canario
- Declaración Ocasional: Declaración-liquidación 1er. Trimestre del año. Modelo 412.
- Autoliquidación Suministro Inmediato de Información. 1er. Trimestre del año. Modelo 417.
- Régimen General: Declaración-liquidación 1er. Trimestre del año. Modelo 420
- Régimen simplificado: Declaración-liquidación 1er. Trimestre del año. Modelo 421.
- Solicitud de reintegro de compensaciones de sujetos pasivos acogidos al régimen especial de la agricultura y ganadería 1er. Trimestre del año Modelo 422.
Impuestos sobre las labores del tabaco (Islas Canarias) |
- Autoliquidación correspondiente al primer trimestre. Modelo 460.
- Declaración de operaciones accesorias al modelo 460 primer trimestre. Modelo 461.
- Comunicación de los precios medios ponderados de venta real. Primer trimestre. Modelo 468.
Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias
- Régimen General. Trimestre anterior. Modelo 450.
Impuesto sobre la Prima de Seguros
- Marzo 2019. Modelo 430.
Impuestos Especiales de Fabricación
- Enero 2019. Grandes Empresas. Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558.
- Enero 2019. Grandes Empresas. Modelos 561, 562, 563.
- Marzo 2019. Modelos 548, 566, 581.
- Marzo 2019. Modelos 570, 580.
- Primer Trimestre 2019. Modelos 521, 522, 547.
- Primer Trimestre 2019. Actividades V1, V2, V7, F1, F2. Modelo 553.
- Primer trimestre 2019. Solicitudes de devolución. Modelos 506, 507, 508, 524, 572.
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados. Modelo 510.
Impuesto especial sobre la Electricidad
- Marzo 2019. Grandes Empresas. Modelo 560.
- Primer trimestre 2019. Excepto Grandes Empresas. Modelo 560.
- Año 2018. Autoliquidación anual. Modelo 560.
Impuestos Medioambientales
- Primer Trimestre 2019. Pago fraccionado. Modelo 585.
- Año 2018. Autoliquidación anual. Modelo 589.
Impuesto especial sobre el carbón
- Primer Trimestre 2019. Modelo 595.
HASTA EL DÍA 30 DE ABRIL
Impuesto sobre el Valor Añadido
- Marzo 2019. Autoliquidación. Modelo 303.
- Marzo 2019. Grupo de entidades, modelo individual. Modelo 322.
- Marzo 2019. Grupo de entidades, modelo agregado. Modelo 353.
Número de Identificación Fiscal
- Primer Trimestre 2019. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el N.I.F. a las entidades de crédito. Modelo 195.
Impuesto Especial sobre combustibles derivados del petróleo (Islas Canarias)
- Marzo 2019. Modelo 430.
Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos
- Primer Trimestre 2019. Modelo 179.
Impuesto General Indirecto Canario
- Declaración Ocasional: Declaración-liquidación mes de marzo. Modelo 412.
- Autoliquidación Suministro Inmediato de Información. Mes de marzo. Modelo 417.
- Régimen especial del Grupo de entidades. Mes de marzo. Modelo 418.
- Régimen especial del Grupo de entidades. Mes de marzo. Modelo 419.
Impuestos sobre las labores del tabaco (Islas Canarias) |
- Autoliquidación correspondiente al mes de marzo de 2019. Modelo 460.
- Declaración de operaciones accesorias al modelo 460. Modelo 461.
- Comunicación de los precios medios ponderados de venta real. Mes de marzo. Modelo 468.