La Agencia Tributaria ha editado en septiembre de 2019 un manual práctico del IVA en base a la normativa publicada hasta dicha fecha y en el mismo se detalla un cuadro que permite observar los distintos plazos de expedición y envío de las facturas, en función de la condición del destinatario o de la naturaleza de las operaciones, que nos parece relevante y transcribimos a continuación.
A estos efectos, las operaciones se entienden realizadas cuando se produzca el devengo del IVA.
En el caso de las operaciones en régimen especial del criterio de caja, éstas se entenderán realizadas a estos efectos, en el momento en que se hubiera producido el devengo del IVA si no les hubiera sido de aplicación el régimen especial. Por lo tanto, el plazo para la expedición de las facturas correspondientes a estas operaciones se rige por los plazos generales.