Abogados expertos en reclamaciones de cantidad en Barcelona

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Las reclamaciones de cantidad son un aspecto crucial en el ámbito del Derecho Civil, ya que abarcan situaciones en las que una parte exige el pago o cumplimiento de una obligación económica por parte de otra. En Bilanx Abogados, nos especializamos en la gestión de reclamaciones de cantidad, ofreciendo asesoría legal y representación a nuestros clientes en casos relacionados con deudas, impagos y conflictos financieros.

Las reclamaciones de cantidad pueden surgir en diferentes contextos y situaciones, tales como impagos de facturas, incumplimientos contractuales, indemnizaciones por daños y perjuicios, entre otros. La legislación española establece diversos procedimientos y mecanismos legales para llevar a cabo estas reclamaciones, tales como el proceso monitorio, el juicio verbal y el juicio ordinario, dependiendo del importe de la deuda y las particularidades del caso.

 

¿Cómo hacer una reclamación de cantidad?

Hacer una reclamación de cantidad puede implicar tanto acciones extrajudiciales como judiciales, dependiendo del caso y de si se llega o no a un acuerdo amistoso entre las partes. A continuación, se describen los pasos generales que se deben seguir para llevar a cabo una reclamación de cantidad en España:

  1. Revisar la documentación: Antes de iniciar cualquier acción, es fundamental revisar toda la documentación relacionada con la deuda o el incumplimiento en cuestión, como contratos, facturas, albaranes, correos electrónicos, etc. Esto permitirá determinar la existencia y el importe de la deuda, así como los plazos y condiciones aplicables.

     

  2. Intentar una negociación extrajudicial: En muchos casos, es posible llegar a un acuerdo amistoso con la parte deudora mediante la negociación directa. Se puede enviar una carta de requerimiento o burofax en la que se detalle la deuda y se solicite el pago en un plazo determinado. Esta comunicación debe ser clara y contener toda la información relevante, incluyendo las consecuencias legales en caso de no realizar el pago.

     

  3. Asesorarse con un abogado: Si la negociación extrajudicial no tiene éxito, es aconsejable consultar con un abogado especializado en reclamaciones de cantidad. El abogado evaluará el caso y recomendará el procedimiento judicial más adecuado en función del importe de la deuda y las circunstancias particulares.

  4. Iniciar el procedimiento judicial: Dependiendo del caso, se podrán seguir diferentes procedimientos judiciales para reclamar la cantidad adeudada:

     

    a) Proceso monitorio: Este procedimiento se utiliza para reclamar deudas dinerarias no controvertidas, líquidas y exigibles, independientemente de su cuantía. No es necesario contar con un abogado ni un procurador para iniciar este proceso, pero sí resulta recomendable para garantizar que se cumplen todos los requisitos legales. El proceso comienza con la presentación de una solicitud ante el juzgado, y si el deudor no se opone ni paga, se dictará un auto de ejecución para el cobro de la deuda.

     

    b) Juicio verbal: Este procedimiento se utiliza para reclamar deudas de hasta 6.000 euros. Requiere la presentación de una demanda ante el juzgado y la celebración de una vista oral. Dependiendo de la cuantía, puede ser necesario contar con un abogado y un procurador.

    c) Juicio ordinario: Este procedimiento se aplica a reclamaciones de cantidad superiores a 6.000 euros o a casos en los que se discuten aspectos más complejos. Requiere la presentación de una demanda ante el juzgado y la intervención de un abogado y un procurador. El proceso implica una fase escrita y, en su caso, la celebración de una vista oral.

  5. Ejecución de la sentencia: Si se obtiene una sentencia favorable, se procederá a la ejecución de la misma para el cobro de la deuda, lo que puede implicar embargos de bienes o cuentas bancarias del deudor, entre otras medidas.

Cada caso es único y puede presentar particularidades que requieran un enfoque específico. Por ello, es fundamental contar con el apoyo y asesoramiento de un abogado especializado en reclamaciones de cantidad en España. Un abogado experto en la materia podrá guiarlo a través de todo el proceso, asegurándose de que se cumplan los requisitos legales y se sigan los pasos adecuados para maximizar las posibilidades de éxito en la reclamación.

 

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar cantidades?

El tiempo que se tiene para reclamar cantidades en España depende de los plazos de prescripción establecidos en la legislación. El período para reclamar cantidades en Cataluña, España, se rige por los plazos de prescripción establecidos en la legislación. Estos plazos pueden variar dependiendo del tipo de deuda y la relación jurídica que la originó. Aquí se detallan algunos plazos de prescripción aplicables en diferentes casos:

  • Acciones personales sin plazo especial: Según el artículo 1964 del Código Civil, las acciones personales que no tienen un plazo específico prescriben a los cinco años desde que la obligación se puede exigir. Este plazo general se aplica a varias situaciones, como el incumplimiento de contratos, impagos de facturas y otras deudas de carácter civil.
  • Acciones derivadas de contratos de seguro: Conforme al artículo 23 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, las acciones derivadas del contrato de seguro prescriben a los dos años en caso de seguros de daños y a los cinco años en caso de seguros de personas.
  • Acciones derivadas de contratos de transporte terrestre: Según el artículo 67 de la Ley 15/2009, de 11 de noviembre, del contrato de transporte terrestre de mercancías, el plazo de prescripción para acciones derivadas de este tipo de contrato es de un año.
  • Acciones de responsabilidad civil extracontractual: De acuerdo con el artículo 1968 del Código Civil, las acciones para exigir responsabilidad civil por daños y perjuicios causados a las personas, en los casos que no deriven de un contrato, prescriben a los cinco años.
  • Acciones derivadas de relaciones laborales: Los plazos de prescripción en el ámbito laboral varían según la acción a ejercitar. Por ejemplo, el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores establece un plazo de prescripción de un año para reclamar salarios y otros derechos económicos derivados del contrato de trabajo.

En ciertas circunstancias, los plazos de prescripción pueden interrumpirse o suspenderse, como cuando se realiza un requerimiento extrajudicial o se inicia un proceso judicial. Además, los plazos de prescripción pueden variar en función de la normativa autonómica aplicable en algunos casos.

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