Existen diversos tipos de delitos en el Código Penal español. Dos de las categorías principales son los delitos leves y los delitos graves, que presentan diferencias significativas en cuanto a penas y otras consecuencias jurídicas. Entender estas distinciones es clave para cualquier ciudadano.
Concepto de delito leve
Los delitos leves, algunos de ellos regulados por la legislación anterior como faltas, son infracciones castigadas con penas relativamente leves en comparación con otro tipo de ilícitos más graves.
En cuanto a la pena, la principal característica de los delitos leves es que conllevan, por ejemplo, una pena de multa de hasta 3 meses. Es decir, no hay privación de libertad y la sanción pecuniaria es de pequeña cuantía.
Otro rasgo distintivo es que normalmente no requieren que haya existido intención o dolo de cometer el delito. Muchos son imprudentes o culposos, en los que no media voluntad de infringir la ley. También suelen tratarse de delitos de bagatela, en las que el daño o peligro causado es leve.
En cuanto al proceso, los delitos leves se juzgan mediante un procedimiento simplificado, que implica menos requisitos y trámites que en los juicios por delitos graves.
Algunos ejemplos típicos de delitos leves son las injurias leves sin graves descalificaciones, los daños que no superen los 400 euros, hurtos por valor inferior a 400 euros, la desobediencia leve a los agentes de la autoridad, la conducción temeraria sin gran peligro, las amenazas leves o el abandono de animales domésticos. En definitiva, ilícitos de gravedad limitada que reciben sanciones menores en comparación con crímenes más graves.

Qué son los delitos graves
Los delitos graves se caracterizan por ser infracciones penales de especial gravedad. El Código Penal determina su consideración en base a diversos criterios. En primer lugar, los delitos graves conllevan penas de prisión superiores a 5 años, lo que implica que son castigados con privación de libertad de larga duración. Además, los delitos graves son perseguibles de oficio, sin necesidad de que medie denuncia previa, debido a que afectan de forma importante a la sociedad y al orden público.
Otra nota distintiva es que los delitos graves provocan habitualmente un daño relevante o crean un peligro concreto grave, no un peligro abstracto, por lo que sus efectos nocivos son significativos. Asimismo, en los delitos graves suele concurrir dolo o intención directa de cometer el delito, no simple negligencia. Por último, los delitos graves se enjuician mediante un procedimiento ordinario o abreviado, con mayores requisitos procesales y más garantías que el procedimiento simplificado de las faltas.
Algunos ejemplos paradigmáticos de delitos graves son el homicidio, las lesiones graves, la violación, el robo con fuerza en las cosas, el tráfico de drogas, los delitos de odio o el cohecho. Todos ellos tienen aparejadas penas de prisión superiores a 5 años en el Código Penal.
Más allá de la diferente gravedad de las penas, existen otras importantes consecuencias jurídicas que diferencian los delitos graves de los delitos leves. En primer lugar, los antecedentes penales derivados de delitos graves se cancelan tras períodos más prolongados, entre 10 y 20 años, a diferencia de los antecedentes por delitos leves que se cancelan al año.
Además, en los delitos graves suele derivarse una mayor responsabilidad civil por los daños ocasionados. Asimismo, los plazos de prescripción del delito son más amplios en los casos graves. Otra consecuencia relevante es que sólo en los delitos graves es posible aplicar la prisión provisional durante la investigación y el proceso. Por último, los delitos graves pueden llevar aparejadas penas accesorias como la inhabilitación profesional o para cargos públicos, a diferencia de los leves.
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